Persona sin recursos

En mi actual situación (parada, independiente y soltera), el 30 de junio mi cobertura sanitaria pasará a otro estatus. Así me lo ha explicado una amable funcionaria, llámemosla Esperanza. He ido a realizar un simple cambio de domicilio y, ante mi negativa a la pregunta «¿Estás trabajando?», la mirada de Esperanza se ha tornado… desesperanzada.

‒ ¿Y qué previsiones tienes?
‒ Pues, no lo sé ‒he contestado yo, estupefacta por la situación, porque ¿quién puede prever algo en estos tiempos?
‒ Vaya… Pues voy a mirar durante cuánto tiempo tienes cubierta la Sanidad. 

¿Perdón? ¿Cómo que «cubierta la Sanidad»? Yo pensaba que vivíamos en un país en el que la cobertura sanitaria era un derecho inalienable.

‒ ¿Te puedes poner con alguien? ¿Tus padres, tu marido…?
‒ Pues mire, no. Vivo sola y no estoy casada. ¿Cuál es el problema?
‒ Pues que a partir del 30 de junio pasarás a ser PERSONA SIN RECURSOS.

¿Qué implica esta bonita categoría? Pues que si no he conseguido trabajo, o me he ido a vivir con mis padres, o me he casado, tengo que presentar una pila de documentos que me (des)acreditan como lacra social aunque, eso sí, con derecho a la asistencia sanitaria. Y, si no consigo trabajo o no me doy de alta como autónoma (mi última situación laboral), tendré que volver a presentar esa documentación cada año.

Al parecer, desde 2006, para conseguir la tarjeta sanitaria en la Comunidad de Madrid, no basta con presentar la hoja de empadronamiento en el Centro de Salud correspondiente. La Orden 1285/2006 del Consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid establece una serie de restricciones para acceder a las prestaciones del sistema de salud.

Lo más triste es que seguiremos permitiendo que los mismos individuos nos sigan gobernando…

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